Osetia, Kosovo y las trampas de un mundo sin reglas
ANDREA RIZZI – Madrid – 31/08/2008
Los nuevos Estados evidencian la falta de consenso en el derecho internacional
¿Es el caso de Kosovo igual que los de Osetia del Sur y Abjazia? La pregunta -que surgió en febrero cuando las principales potencias de la OTAN reconocieron la independencia de la ex provincia serbia- es uno de los ejes del enfrentamiento entre
la Alianza Atlántica y Rusia en la crisis caucásica.Moscú, opuesta a la independencia de Kosovo, advirtió entonces de que su secesión abriría la caja de Pandora. Ahora, que parece abierta, hay quienes se preguntan si Occidente aplica doble rasero en situaciones, en apariencia al menos, similares. A falta de una autoridad judicial supranacional que pueda juzgar ambos casos, las respuestas sólo pueden ser relativas. Incluso fuera del debate político no existe acuerdo entre los juristas sobre su legalidad y sobre la similitud o no de ambos casos.- Integridad territorial. El respeto de la integridad territorial de los Estados es un principio básico del derecho internacional. Kosovo y Osetia del Sur y Abjazia son (o eran) provincias de repúblicas (Serbia, en el primer caso, y Georgia, en los otros dos) que pertenecían a federaciones (Yugoslavia y URSS). Disueltas estas federaciones, estos territorios que carecían de estatus de república quedaron legalmente adscritos a la nueva entidad administrativa de referencia. Pese a ello, el principio de integridad territorial no es absoluto; tiene como límite el respeto del principio de libre autodeterminación.- Autodeterminación. Kosovares y surosetios son minorías diferenciadas en idioma, cultura y tradiciones. Más allá de las cifras (dos millones de kosovares por 70.000 surosetios), la mayoría de los juristas coincide en que un Estado debe de respetar los derechos políticos, lingüísticos y culturales de sus minorías; es decir, que puedan votar, hablar en su idioma y mantener sus costumbres. El derecho a la autodeterminación, y posible secesión, sólo es concebible si la minoría puede considerarse un pueblo y es víctima de graves y repetidas discriminaciones y de violaciones de los derechos humanos y políticos.- Limpieza étnica. Algunos de los juristas sostienen que en el derecho internacional no existe el concepto de precedente, ya que la historia de un pueblo no puede ser exactamente igual a la de otro. Por ello muchos políticos occidentales argumentan que el caso de Kosovo es único y más sólido que los de Osetia del Sur y Abjazia, porque existen pruebas de una continuada represión militar serbia (limpieza étnica, según la fiscalía del Tribunal Penal Internacional de la ex Yugoslavia).- El acoso y riesgo de acoso.Algunos juristas consideran que para justificar una secesión hay que tener en cuenta el acoso o el riesgo de acoso. Moscú asegura que cuando las potencias occidentales reconocieron la independencia kosovar, Serbia había cambiado de Gobierno y llevaba 10 años respetando la autonomía de la provincia que se encontraba bajo mandato de la ONU. El caso de Osetia del Sur, aunque el pasado resulte menos dramático que Kosovo, está el centro del debate por el ataque lanzado por Tbilisi en la madrugada del 7 de agosto. Frente a los que sostienen que Georgia operaba en su territorio, otros responden que Osetia del Sur llevaba 15 años bajo protección de una misión (rusa) de pacificación y que Georgia nunca ejerció su autoridad sobre esas provincias.- Política. Otros elementos podrían contribuir a evidenciar similitudes y divergencias. Por ejemplo, los kosovares cumplen más con los criterios para ser considerados pueblo (son albaneses quedaron divididos en tres países: Yugoslavia, Macedonia y Albania) y en su caso se agotaron más las posibilidades de negociación, argumentan algunos.
El derecho internacional no sólo no tiene una corte verdaderamente supranacional con capacidad de investigación, sino que no es un derecho completo, exhaustivamente estipulado. Incluso si hubiese acuerdo unánime, el respeto de la legalidad internacional quedaría en todo caso en las manos exclusivas de la política. Un derecho, sin sanción para quien lo viole, no tiene sentido. En el tablero internacional, el único poder sancionador es la fuerza de las potencias.
Reportatge publicat al diari El Pais el diumenge 31 d’agost de 2008
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