La Asamblea Nacional ordena que el ministro del Interior expida, al instate, correos a todos los departamentos con orden, para todos los funcionarios públicos y Guardias Nacionales o tropas de línea del Imperio, de arrestar o hacer arrestr a cualquier persona que intente salir del reino y, asimismo, impedir que se saquen efectos, armas u objetos de oro o plata, caballos, carruajes, municiones, y, en el caso de que los correos se encontaran con la familia real o con aquellos que hubieran podido intervenir en su secuestro, los funcionarios públicos o guardias Nacionales y tropas de línea estarán obligados a tomar todas la medidas necesarias para poner fin al mencionado secuestro, impidiendo que continúen su camino y comunicando seguidamete tal acto al Cuerpo Legislativo.
Cotejado con el orginal por el presidente y secretario de la asamblea Nacional, en París, el 21 de junio de 1791.
Visto el presente decreto y comprendida l urgencia por las circunstancias.
(Firmado por el presidente Alejdro de Beauharnais y por Régnier, diputado de la Meurthe.)