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La justicia europea falla a favor de los clientes en las cláusulas suelo: habrá indemnización completa

Expansión 21/12/2016

“La jurisprudencia española que limita en el tiempo los efectos de la declaración de nulidad de las cláusulas suelo contenidas en los contratos de préstamo hipotecario en España es incompatible con el Derecho de la Unión. Tal limitación da lugar a una protección de los consumidores incompleta e insuficiente, por lo que no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de las cláusulas abusivas”, asegura el TJUE en un comunicado.

“La declaración judicial del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula”, precisa la institución.

Las cláusulas suelo se incluyeron en la mayoría de contratos de préstamo hipotecario variable para poner un tipo de interés mínimo que el cliente debería abonar, independientemente de lo que bajase eventualmente el euribor.

El Tribunal Supremo español declaró abusivas la mayoría de estas cláusulas pero limitó la compensación: la cláusula suelo dejaría de aplicarse a partir del 9 de mayo de 2013, pero no se restituiría lo pagado de más anteriormente.

El TJUE se tenía que pronunciar sobre si esa limitación de la compensación vulnera o no la normativa europea de protección al consumidor. Las cifras concretas de impacto no están claras, pero algunos bancos han llegado a caer un 10% en bolsa tras conocerse la sentencia.

El banco de inversión Goldman Sachs sitúa la factura en 3.000 millones de euros, pero fuentes del Banco de España citadas por la agencia Efe situán el impacto en el sector ligeramente superior a los 4.000 millones. La institución no ha hecho público ese informe a pesar de que los abogados de los bancos aseguran haber tenido acceso a él.

La magnitud del golpe irá por barrios. Según Goldman Sachs, BBVA será el banco más afectado, con 1.815 millones de euros. CaixaBank ha cifrado en 750 millones el coste de una sentencia contraria a sus intereses. Los siguientes en la lista, según el banco de inversión estadounidense, son Banco Popular, que ya habría provisionado 350 millones de euros, y Bankia, con 160 millones.

La decisión de hoy va en contra de la opinión del Abogado General del TJUE, que en julio dio un que el Tribunal Supremo tenía derecho a limitar temporalmente las indemnizaciones porque la directiva comunitaria solo establece que las cláusulas abusivas “no vincularán” a los clientes.

Mengozzi mencionó expresamente que el uso del “futuro de indicativo”, ya que, en su opinión, su carácter neutral deja abierta a la interpretación de cada Estado el carácter retroactivo o no de la indemnización. Pocas veces un tiempo verbal podría salir tan caro o tan barato, según de qué lado caiga la moneda.