La asamblea Nacional, considerándose llamada a fijar la Constitución del reino, a realizar la regeneración del orden público y a mantener los verdaderos principios de la monarquía, [declara que ] nadie puede impedirle que continúe sus deliberaciones, en cualquier lugar en que sea forzada a instalarse, y que, además, donde quiera que estén reunidos sus miembros, allí está la Asamblea Nacional; establece que, inmediatamente, todos los miembros de esta Asamblea prestarán juramento solemne de no separarse y de reunirse donde quiera lo exijan las circunstancias, hasta tanto no se elabore la Constitución del reino y se consolide sobre fundamentos sólidos; y que, una vez prestado el citado juramento, todos los miembros, y cada uno en particular, mediante su firma, confirmarán esta firme resolución.
Citado por Furet, F. y Denis, M.: La Révolution Française, París, Hachette, nueva ed., 1987, p. 77.