TEXTOS JURÍDICOS Y ADMINISTRATIVOS
Los textos jurídicos son aquellos que surgen de los ámbitos legislativos –el parlamento-, y judiciales –los juzgados-, en tanto que los administrativos, se producen en los diversos órganos de la Administración, es decir, donde se gestionan los servicios públicos.
Tanto en un tipo de texto como en el otro domina la función conativa, puesto que constituyen una especie de texto instructivo elaborado desde una autoridad: son textos que prohíben, obligan o permiten. Un rasgo muy característico de ambos es que muy frecuentemente obedecen a un modelo prefijado, que llamamos formulario.
En cuanto a sus características lingüísticas, la lengua natural es la base de la que se parte, con una exigencia de objetividad, claridad y rigor, que resulta demasiado a menudo paradójica, ya que esta misma exigencia induce en ocasiones a confusión y dificultad de comprensión para el ciudadano no versado en dicho lenguaje.
A nivel morfosintáctico, las oraciones son largas y complejas, con un alto grado de sustantivación y nominalización. Se tiende a la impersonalidad, por lo que abundan las formas no personales de los verbos (gerundios, infinitivos y participios), así como las construcciones pasivas y las impersonales; también son frecuentes las perífrasis y el imperativo. Con el fin de expresar distanciamiento, se puede usar el plural oficial o la 3ª persona. En relación al léxico, se observa que es denotativo y culto, además de anacrónico. Se utilizan asimismo diversos clichés, fórmulas o muletillas; también, tecnicismos, siglas y latinismos.
Hay que señalar, sin embargo, que el lenguaje jurídico es bastante más convencional y conservador que el administrativo.